Megaship Maersk Mc Kinney Möller atracando en el Puerto de Algeciras

El 24 de marzo entró en vigor el Reglamento (UE) 2017/352, de 15 de febrero de 2017, por el que se crea un marco para la prestación de servicios portuarios y se adoptan normas comunes sobre la transparencia financiera de los puertos cuyo objetivo principal es establecer un marco de disposiciones transparentes equitativas y no discriminatorias, para mejorar la eficiencia de la red de transporte de la UE, propiciando un clima más favorable a la inversión, que contribuya a reducir costes para los usuarios.

El planteamiento del Reglamento consagra respeto al modelo de gestión existente en cada Estado Miembro e incide en la libertad de acceso a la prestación de los servicios portuarios y en la autonomía de los organismos gestores de los puertos para establecer las tasas y tarifas de acuerdo con su estrategia comercial y sus planes de inversiones en el marco de la política general portuaria del Estado Miembro.

El Consejo Rector de Puertos del Estado ha aprobado la propuesta normativa para modificar el Texto Refundido de la Ley de Puertos y de la Marina Mercante (TRLPEMM) que propone definir y regular el servicio portuario de suministro de combustible como servicio portuario (actualmente tiene la consideración de servicio comercial).

Asimismo, integrará la recogida de residuos de carga en el servicio portuario de recepción de desechos; introducir diversos ajustes en relación con los requisitos mínimos exigibles a los prestadores, a la aprobación de los Pliegos, a la publicación de la propuesta de limitación de prestadores, a las obligaciones de servicio público, al establecimiento de tarifas máximas en determinados supuestos; introducir una nueva tarifa por disponibilidad del servicio portuario en determinados casos; y establecer un régimen transitorio para las autorizaciones vigentes para la prestación del servicio comercial de suministro de combustible.

Fuente: Diario del Puerto