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La eficacia del acuerdo alcanzado el jueves 29 de junio por patronal y sindicatos en el sector de la estiba va mucho más allá de una mera tregua para negociar el nuevo convenio.

La subrogación del 100% del personal de las plantillas de las sociedades de estiba no ha quedado en un simple compromiso, sino que ya es de obligado e inmediato cumplimiento para todas y cada una de las empresas estibadoras del sector, dada la articulación jurídica del pacto alcanzado.

Lo que hicieron el jueves la patronal ANESCO y los sindicatos de estiba fue enmendar el todavía en vigor IV Acuerdo Marco del sector de la estiba con la inclusión de una nueva disposición adicional séptima que establece que tanto las empresas que opten por su separación de las SAGEP como las empresas que conjuntamente opten por la extinción de una SAGEP se subrogarán el personal en proporción a su participación accionarial y cumpliendo la misma regulación existente para la sucesión de empresas.

Se trata por tanto de pactar desde ya y por convenio la subrogación del 100% del personal, lo que afecta a todas las empresas estibadoras sea cual sea su condición.

Por un lado, la modificación del convenio se ha pactado con efectos desde el día 14 de mayo (fecha de entrada en vigor del real decreto ley de reforma de la estiba), es decir, que con independencia de la fecha de publicación y autorización por las autoridades de Empleo de esta modificación, la obligatoriedad de la subrogación es desde entonces efectiva. Por otro lado, dicha obligatoriedad queda incluida en un convenio sectorial de eficacia generalizada y en vigor, es decir, que afecta a todas las empresas toda vez que tanto los sindicatos como ANESCO, con independencia de las últimas bajas, acreditan tener la suficiente representatividad para la firma de esta modificación del convenio.

De esta forma y si nos atenemos estrictamente a dicha modificación convencional la subrogación total del personal de las SAGEP ha quedado establecida por convenio en el sector de la estiba y, por tanto, dada la legislación laboral, es para todas las empresas estibadoras, estén o no de acuerdo con la misma y formen o no parte de la patronal ANESCO, lo que adquiere gran relevancia ante la decisión en las últimas semanas de varias empresas de peso de abandonar la patronal.

Las empresas estibadoras tienen un plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la reforma de la estiba para decidir si quieren abandonar las SAGEP, es decir, que tienen de plazo hasta el próximo 14 de noviembre.

Vigencias
Como quiera que el IV Acuerdo Marco tiene vigencia hasta el próximo 31 de diciembre, sindicatos y patronal tienen garantizada la obligatoriedad convencional de la subrogación.

No obstante, patronal y sindicatos se comprometieron el viernes a que un nuevo V Acuerdo Marco vea la luz antes del 30 de septiembre, siendo uno de los objetivos negociar y desarrollar ampliamente esta cuestión de la subrogación.

Eso sí, hasta que eso se produzca se aplicará la nueva enmienda incluida en el IV Acuerdo Marco.

Fuente: Diario del Puerto. Miguel Jiménez